viernes 19 de abril de 2024 - Edición Nº2269
Frente de Organizaciones en Lucha » Niñez/Juventud » 21 ene 2019

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Jóvenes y Cárceles

En el marco del debate sobre la baja de edad de imputabilidad, esta nota realizada hace unos años por Chasqui Periódico Barrial sirve para pensar la profundidad y complejidad del debate.


Por:
Chasqui Periódico Barrial

Las cárceles están llenas de pibes de los barrios, muchos de ellos están detinidos sin ser juzgados. Están presos por ser pobres y villeros.

Las clases sociales altas se encargan de mantener todo en “orden” asegurándose de que nadie atente contra su principal interés: la propiedad privada. Quienes lo hacen reciben su castigo: se quedan adentro, en el peor de los “afuera”, la cárcel. Esa es la “solución” que fueron construyendo quienes ejercen el poder. Pero el problema es aún más grave cuando naturalizamos esto sin cuestionar, aceptando que la cárcel es una forma real de “justicia”.

La existencia de la cárcel como instrumento de tortura y sometimiento no es algo aislado, está atado a las diferentes formas de violencia institucional: gatillo fácil, detenciones arbitrarias, hostigamientos por parte de la policía a los pibes del barrio, persecuciones, torturas en las comisarías, militarización barrial, detenciones por “portación de cara”, etc.

¿Por qué aumenta la población carcelaria cuando las penas son cada vez más duras? ¿Qué lleva a los jóvenes a delinquir y a las adicciones? ¿Cuáles son las consecuencias que traen los contextos de encierro y qué problemáticas hay a la hora de reinsertarse en la sociedad? ¿Qué es la violencia institucional y en qué se diferencia de la tortura? Opinan los abogados Julián Axat y Felipe Mesel.

Para Julián Axat, una de las principales causas del incremento en la población carcelaria es que la conflictividad social de los sectores populares se resuelve por la vía penal y policial: “Se hace a través de la policía, que persigue y hostiga a los jóvenes para que trabajen en el delito. Otras veces, los pibes son víctimas del sistema policial, se le arman causas y los mantienen presos.”

Además, uno de los factores determinantes para que estas causas avancen se encuentra en el Poder Judicial, que “encierra preventivamente y sin condena, a los jóvenes de las barriadas. El 80% de la población carcelaria no tiene sentencia firme y son jóvenes entre 18 y casi 30 años”.

Generalmente estos jóvenes responden estéticamente a una identidad de barrio enmarcada en los cánones de lo villero.

“En esto consiste la política de selectividad penal juvenil, en la estigmatización y criminalización de lo joven, en base a estereotipos que genera la sociedad y el mismo sistema, a través de la vestimenta, por el color de la piel y por el lugar en donde vive. En las cárceles no vemos hijos de clase media–alta, blancos de descendencia europea, sino todo lo contrario, descendientes de mestizos, hijos de poblaciones indígenas. Es aquí donde vemos como el racismo se traslada al sistema de encierro y el rol del Poder Judicial, que a través de sus fallos (decisiones políticas) acentúa estas diferencias de clases, étnicas y raciales”.

Esta lógica de castigo sectorizado, según Julián Axat, se da no solo en nuestro país sino en toda Latinoamérica e incluso en gobiernos de corte progresista y populista como el de Cristina Kirchner en Argentina o Dilma Rousseff en Brasil.

Acerca del origen de los delitos y la existencia de la cárcel, Felipe Mesel de la Comisión de Cárceles del MIU asegura: “El problema tiene una raíz social que tiene que ver con la desigualdad. Siempre que exista una sociedad de clases va a ser conflictiva, y el Estado necesita de dispositivos para neutralizar o dar respuesta a estos conflictos. La cárcel es un mecanismo que sirve para sancionar el conflicto social. La cárcel es solamente castigo y no puede ser reinserción social porque te están aislando de la sociedad”.

Dentro de la cárcel se dan situaciones de violencia contra los presos, violencia naturalizada, por cierto, porque pareciera insuficiente que las personas que están allí en condiciones nefastas de supervivencia cumplan solo con la pena de perder la libertad, sino que también deben someterse a otras vejaciones: “La tortura es un delito y muchas veces se confunde con violencia institucional. En la cárcel no hay violencia institucional hay tortura, que es totalmente distinto. La violencia institucional no es un delito y forma parte de lo que el órgano estatal, la policía, puede hacer fuera de la cárcel. Hay que darle el nombre que eso tiene porque si no, se le quita valor.

La violencia no la tenés tipificada, no la podés penar, la podés reconocer y darle otro nombre pero no es delito en sí. Para que se movilice todo el aparato punitivo ‘a favor’, tiene que ser tortura. Otros mecanismos de tortura son la incomunicación, los traslados, un mecanismo que se usó mucho en la época de la dictadura, las requisas a los familiares, en las cuales cada vez que se quiere realizar una visita hay que pasar por un proceso sumamente vejatorio, violatorio de la intimidad que son las requisas en las que te palpan, cuestiones que violentan incluso en la sexualidad de la mujer, cosas muy agresivas. Otro ejemplo sería limitarte el derecho a estudiar, hay penales que no tienen escuela o, si estudiás en la facultad, no te llevan a cursar o rendir. Cada violación de un derecho dentro de la cárcel es tortura”.

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